martes, 16 de noviembre de 2010

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL FLETADOR


OBLIGACIONES DEL FLETADOR

·         Recibir el buque en el lugar y fecha convenida;
·         Hacerse cargo de los gastos de combustible, agua y lubricantes necesarios para el funcionamiento de maquinarias principales y auxiliares, los derechos, tasas y salarios relacionados con la navegación;
·         Utilizar convenientemente el buque, de acuerdo con sus características;
·         Pagar el flete: es la obligación fundamental del fletador; el fletador puede suspender el pago del flete, declarando al buque off hire, es decir, cuando por causa que no le son imputable, no pueda usar el buque y especialmente cuando éste deba inmovilizarse por más de 24 horas para medidas relacionados con el mantenimiento de condiciones de navegabilidad.  
·         Reintegrar el buque al fletante en lugar y tiempo convenido;

 
 
DERECHOS DEL FLETADOR
 
·         Dar ordenes al capitán, dentro de lo estipulado en el contrato;
·         Embarcar un sobrecargo, para que cuide de sus intereses a bordo del buque e imparta las órdenes al capitán, en lo referente al empleo comercial de la embarcación

 
 

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